Tipos de seguros para particulares

SEGURO DE HOGAR

Seguro multirriesgo del hogar es el seguro por el que el propietario o poseedor de una vivienda (o en otras variedades, de locales comerciales) trata de cubrirse de los riesgos de que ésta sufra daños de diversa índole: derivados de cortocircuitos eléctricos, de rotura de cañerías, de averías diversas, accidentes domésticos, causados por temporales, robos, etc...También por la responsabilidad civil originada por daños o lesiones que se puedan causar a otras personas o sus bienes desde la vivienda, como puede ser la caída de objetos desde las ventanas o balcones, inundaciones en pisos inferiores, etc... Suele incluir un servicio de reparación de averías.
Los seguros de hogar se dividen en tres tipos:

      - Hogar habitual
      - Hogar secundario
      - Hogar alquiler (Temporada o permanente).

Las bonificaciones de estos se verán comprendidos según sean sus metros (Continente), su mobiliario (Contenido), su tipificación (Chalet, piso, apartamento etc.…).Según su ubicación (población, urbanización más de 500 metros fuera de la población o despoblado).

SEGURO DE SALUD

El seguro de salud (también llamado seguro médico o seguros de gastos médicos) El seguro para el cuidado de la salud ayuda a protegernos contra los elevados costos médicos, es un contrato entre usted y una compañía de seguros, a  cambio de que usted haga los pagos de la prima, la compañía de seguros acuerda pagar los gastos médicos que usted pueda cometer bajo los términos del contrato.
Existen muchas razones para adquirir un seguro médico para usted y su familia, pero la más importante es esta, debido a que los gastos médicos pueden alcanzar una cantidad de dinero bastante alta por una simple lesión o enfermedad. Además, los costes por hospitalización y tratamiento de lesiones continúan creciendo.
SEGURO DEL AUTOMÓVIL

El seguro del automóvil es un contrato de seguro que cubre los riesgos creados por la conducción de automóviles en caso de causar un accidente.
Existe una modalidad básica, cuya contratación es obligatoria por los propietarios de todo vehículo, denominada por ello seguro obligatorio del automóvil que cubre la responsabilidad civil del propietario y del conductor del vehículo —en el caso de que no sean la misma persona— por los daños y lesiones que causen a terceros. Incluye también la jurídica hasta ciertos límites. Esta modalidad está regulada de forma detallada por la normativa estatal.
Junto a esta modalidad básica se pueden contratar otros complementos voluntarios: lo que se denomina seguro de responsabilidad civil voluntario, que cubre las posibles indemnizaciones a terceros por encima de las cantidades incluidas en el seguro obligatorio; 
el seguro de ocupantes, lo mismo que el anterior pero específicamente para los ocupantes del vehículo; el seguro de daños propios o seguro a todo riesgo, por los daños que pueda sufrir el vehículo del propio asegurado; el seguro de lunas, por los daños a las lunas del propio vehículo, es una subespecie del anterior; el seguro de accidentes del conductor, que es un seguro sobre la vida del propio conductor, ya que éste no está cubierto por el seguro obligatorio; el seguro de defensa jurídica en cuanto no esté cubierto por el obligatorio; la asistencia en viaje, etc.
También existe la variante «con franquicia» que se utiliza sobre todo en los seguros de coche a todo riesgo que en vez de cubrir el total del siniestro, solo lo hace a partir de una cantidad que soporta el asegurado.

SEGURO DE DECESO

El objetivo de los "seguros decesos" es el facilitar cualquier proceso, gestión, o trámite a la familia y seres queridos del asegurado cuando este fallece.
La forma de actuar de cualquiera de las aseguradoras de decesos es común a todas ellas, así, de esta manera, llegado el momento del fallecimiento de un asegurado, actúan de mediadoras entre la familia y la funeraria y pagarán los servicios.
Principales coberturas y gestiones de la que se encargara la compañía:
- Traslados: ya sean nacionales o bien internacionales, si el fallecimiento se produjese fuera de la localidad en la que se desea que se preste un servicio funerario.
-Trámites administrativos legales y trámites relacionados con las gestorías.
-  Asistencia legal y gestoría en cuanto a: pensión de viudedad y pensión de orfandad, auxilio por defunción, herencias, accidentes laborales, y cambios de titularidad.
- Gestión en cuanto a las inscripciones en el Registro que sean necesarias, etc...
Servicio de sepelio: la prestación de este servicio será según los deseos que se hayan indicado previamente. Hoy día, existen distintas formas de realizar dicho servicio, aunque las más normales son la que vamos a citar a continuación y deben de ser cubiertas por el seguro:
- Debe de haber la posibilidad de incineración.
-  El Tanatorio y el cementerio se deben de poder elegir libremente.
Arca,  coches fúnebres y coches para los acompañantes, así como servicios religiosos si fuesen demandados, coronas, esquelas, recordatorios, nichos o sepulturas, lápidas, inscripciones en lápidas, y, normalmente, lo requerido por la familia del fallecido, dependiendo de sus demandas más íntimas para estos momentos tan difíciles, ocupándose la compañía aseguradora de facilitar la prestación del servicio según sean las condiciones de la póliza del seguro de deceso que se haya contratado.

SEGURO DE VIDA AHORRO


El seguro de vida  busca garantizar la protección de las personas  que el asegurado tiene a su cargo. En caso del fallecimiento de éste, sus beneficiarios o herederos acceden a una indemnización.
Esta indemnización se denomina capital asegurado y puede ser pagada en una única vez o a modo de renta financiera. Por lo general, los beneficiarios son los familiares del asegurado, aunque también pueden ser sus socios o acreedores.

Los motivos que llevan a muchas personas a optar por contratar un seguro de vida son circunstancias tales como que de ellas depende económicamente su familia o que su pensión es muy baja y, en el caso de que fallecieran, sus hijos y cónyuges no podrían subsistir con aquella. Razones estas que también son tenidas en cuenta para todo lo contrario, para no contratar este citado seguro. Así, se establece que las personas solteras o que no tienen ningún tipo de cargo familiar no necesitan del mismo.Por otra parte, hay pólizas que permiten incluso beneficiar al asegurado en vida, por ejemplo complementando la jubilación.

Los seguros de vida pueden clasificarse de acuerdo a su duración (temporarios o de vida entera), su tipo de prima (a prima nivelada, donde el pago es constante, y a prima de riesgo, donde aumenta de acuerdo a la edad del asegurado) o la cantidad de asegurados que cubre la póliza (seguros individuales, colectivos o de varias cabezas).

SEGURO DE ACCIDENTES


Es el seguro que cubre los riesgos que afectan a las personas. El contrato de seguro sobre las personas comprende todos los riesgos que puedan afectar a la existencia, integridad corporal o salud de un asegurado.
Con el seguro de accidentes podrá hacer frente a las consecuencias económicas que de ellos deriven, sintiéndose protegido frente a cualquier accidente del que pueda ser víctima, desde una pequeña lesión hasta una invalidez o fallecimiento.

Su bienestar y el de su familia estarán garantizados ante imprevistos ya que si como consecuencia de un accidente falleciera o quedase incapacitado para ejercer su profesión, garantizamos un capital para hacer frente a esos imprevistos.





1 comentario:

  1. Me encanta que sigan ayudándonos con el blog Dinerea.com/2-consejos-para-elegir-un-seguro-de-hogar-bueno
    el cual es uno de los mejores y más importantes para nosotros.

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